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D-162 (Régimen Tradicional Simplificado)

La D-162 es la declaración trimestral del Impuesto sobre las Utilidades para contribuyentes inscritos en el Régimen Tradicional Simplificado de Costa Rica. En lugar de llevar contabilidad formal y calcular el impuesto sobre la utilidad real, los contribuyentes de este régimen aplican un porcentaje fijo sobre las compras del trimestre para estimar su impuesto. Es un mecanismo de simplificación para pequeños contribuyentes con actividades económicas específicas.

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| Aspecto | Régimen Simplificado (D-162) | Régimen General (D-101) | |---|---|---| | Frecuencia de declaración | Trimestral | Anual | | Base de cálculo | % sobre compras del trimestre | Utilidad neta real | | Contabilidad formal | No requerida | Obligatoria | | IVA | Declara D-104 con tarifa reducida especial | D-104 tarifa general | | Facturas electrónicas | Puede emitir con tipo de comprobante 04 | Tipo 01 | | Acceso a crédito fiscal de IVA | No | Sí |

| Trimestre | Periodo | Plazo de presentación | |---|---|---| | 1er trimestre | Enero - Marzo | 30 de abril | | 2do trimestre | Abril - Junio | 31 de julio | | 3er trimestre | Julio - Septiembre | 31 de octubre | | 4to trimestre | Octubre - Diciembre | 31 de enero siguiente |

Verificá el factor de cálculo del cliente

En Clientes → [nombre del cliente] → Configuración fiscal, verificá el factor de renta simplificado asignado. Este factor (publicado anualmente por Hacienda en el decreto de régimen simplificado) varía según la actividad económica del cliente. Por ejemplo:

  • Pulperías: 1.25% sobre compras
  • Sodas y restaurantes pequeños: 3.00% sobre compras
  • Talleres de reparación: 2.50% sobre compras

Si el factor cambió en el nuevo decreto anual, actualizalo en la ficha antes de calcular el primer trimestre del año.

Calculá la D-162

Andá a Declaraciones → D-162, seleccioná el cliente y el trimestre. Hacé click en Calcular. Asientra suma todas las compras del trimestre (facturas recibidas aceptadas) y aplica el factor de renta:

Impuesto = Total de compras del trimestre × Factor de renta simplificado

El resultado es el impuesto a pagar por el trimestre. No hay deducciones ni créditos fiscales en este régimen.

Revisá las compras incluidas

Verificá que todas las facturas de compras del trimestre están registradas. En el régimen simplificado, la obligación de registrar compras es la principal fuente de datos — si hay compras en efectivo sin factura, el contribuyente tiene igualmente obligación de declararlas en la base de cálculo.

Asientra también muestra el acumulado de compras del año para alertarte si el cliente está cerca del límite del régimen.

Presentá

Con el cálculo revisado, hacé click en Presentar a Hacienda. Asientra genera el XML en formato TRIBU-CR, envía y registra el número de presentación.

A diferencia de la D-101, la D-162 no genera un asiento de cierre de ejercicio — el impuesto se registra en el trimestre en que se presenta.

| Mensaje | Causa probable | Cómo resolverlo | |---|---|---| | Factor de renta no configurado | Actividad sin factor asignado | Verificar la tabla de factores del decreto vigente y actualizar la ficha del cliente | | Compras del trimestre incompletas | Facturas registradas fuera del periodo | Verificar fechas de factura vs fechas de registro en Asientra | | Alerta de límite de régimen superado | Compras acumuladas superaron el umbral | Consultar si el cliente debe migrar al régimen general e informar a Hacienda |